Esta cobertura ampara los gastos en todo México por atención de daño psiquiátrico o psicológico, ansiedad y depresión, cuando:
- El médico tratante presente el diagnóstico.
- Un médico psiquiatra o psicólogo confirme dicho diagnóstico.
- Ambos cuenten con los documentos oficiales que los acrediten (título, cédula profesional y cédula de especialidad).
- La atención sea requerida a consecuencia de un padecimiento o accidente cubierto.
- La atención se podrá realizar en conjunto con tratamientos médicos o quirúrgicos.
Están cubiertas hasta veinticuatro (24) consultas por año o hasta un máximo de dos (2) años contados a partir de la fecha de la primera consulta, lo que pase primero. El monto máximo a indemnizar por consulta será el indicado en el tabulador de honorarios médicos, de acuerdo a la opción y estado contratado.
Para seguir contando con la atención deberás entregar una actualización del informe médico o de tratamiento por lo menos cada seis (6) meses, donde se describa evolución y pronóstico del paciente, en caso de no entregarlo se dará por terminado el beneficio.
Además esta cobertura ampara los medicamentos necesarios para el tratamiento psiquiatra y/o psicológico hasta por dos (2) años contados a partir de la fecha de la primera consulta o hasta un monto máximo de setenta mil pesos ($70,000.00).
Los diversos trastornos incluidos en esta cobertura no serán válidos para diagnosticar otros padecimientos.